En Baja California aprueban que deudores alimentarios y violentadores no puedan ocupar cargos públicos
En el estado de Baja California, la Cámara de Diputados aprobó que los deudores alimentarios y violentadores no puedan ocupar cargos públicos al ser modificados los artículos 18, 42, 80 y 87 de la máxima Ley del estado.
Con esta medida se establece que todo aquel que sea acusado de estos cargos, queda impedido a ser electo a Gobernador o Gobernadora; para alguna diputación; o para ser integrantes de un Ayuntamiento.
La iniciativa fue presentada por el diputado Juan Manuel Molina García, y las diputadas, Liliana Michel Sánchez Allende, María Monserrat Rodríguez Lorenzo y Daylín García Ruvalcaba.
En dicho producto legislativo se reconoce como persona violentadora, a toda aquella que cuente con sentencia firme por la comisión de delitos contra la vida y la integridad corporal; la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; violencia política contra las mujeres en razón de género.
Asimismo, se establece que esta medida es aplicable para aquellas personas integrantes de los Consejos Municipales y las y los Munícipes que aspiran a la elección consecutiva.
EL 29 de mayo de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reformaron los artículos 38 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano, denominándose: “La reforma constitucional 3 de 3 contra la violencia”.
Luego de ello quedó establecido un plazo de 180 días para que las Legislaturas de los estados ajusten su marco normativo a fin de dar cumplimiento a más tardar el 26 de noviembre del presente año.
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