El congreso de Baja California, aprobó aplicar la penalización de dos a cinco años de cárcel a deudores de pensión alimenticia, los cuales además serán enlistados en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.
Con 19 votos a favor y una abstención se aprobó la reforma al artículo 235 del Código Penal de Baja California, así como varios numerales del Código Civil.
Estas reformas coloquialmente denominadas Ley Sabina, fueron presentadas por las diputadas inicialistas Michel Sánchez Allende y Evelyn Sánchez Sánchez, toda vez que el Congreso de la Unión instruyó a las entidades federativas a legislar en la materia desde 2022.
En la aprobación de la sanción esta incluido que los deudores alimentarios no podrán realizar trámites administrativos, como obtener una licencia de conducir o la negativa del pasaporte mexicano, lo que significa que no podría salir legalmente del país.
Además quien sea un deudor alimentario al momento de querer contraer matrimonio, la nueva pareja obtendrá información de parte del Registro Civil, donde le hará saber si la persona aludida ya había sido casada o si debe sustento alimentario.
Así mismo perderá diversos derechos de familia, como la patria potestad, adopción, derecho a representar a los hijos o la convivencia con los mismos.
Y tendrán la misma pena de dos a cinco años de prisión quien no proporcione los gastos de atención médica a la mujer embarazada, incluyendo el gasto del parto.
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