La Corte Internacional de Justicia (CIJ) emitió este miércoles una opinión consultiva en la que afirma que los Estados “tienen la obligación legal, bajo el derecho internacional, de prevenir daños significativos al sistema climático”.
Esta opinión no tiene carácter vinculante, pero sí peso jurídico y político a nivel global.
Durante la lectura del fallo, el juez Yuji Iwasawa declaró que las emisiones de gases de efecto invernadero “tienen origen humano y no reconocen fronteras territoriales”.
La juzgadora indicó que el sistema climático “es parte esencial del medio ambiente, por lo que los países deben actuar para protegerlo en beneficio de las generaciones presentes y futuras”.
La opinión fue solicitada por la Asamblea General de la ONU, que planteó dos preguntas clave: cuáles son las obligaciones legales de los Estados en la protección del clima y qué consecuencias legales deben enfrentar los países que dañen el sistema climático.
En las audiencias celebradas en diciembre de 2024, países del Norte Global defendieron el uso del Acuerdo de París como marco orientador, mientras que naciones en desarrollo y pequeños Estados insulares pidieron acciones más firmes.
Organizaciones y activistas señalaron que este pronunciamiento puede “convertirse en una herramienta jurídica para fortalecer futuras demandas climáticas”.
Actualmente, existen casi 3 mil casos relacionados con el cambio climático en al menos 60 países, con resultados variados.
La opinión de la CIJ se suma a la emitida recientemente por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que también pidió “cooperación internacional para enfrentar la crisis climática”.
El pronunciamiento de la CIJ podría facilitar que los Estados exijan responsabilidades legales a otros países en materia de emisiones y contaminación y aunque la resolución no obliga legalmente a los gobiernos, expertos en derecho ambiental afirman que “marca un precedente en la aplicación del derecho internacional frente a la crisis climática”.
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