La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió, por unanimidad de votos, 6 medidas cautelares solicitadas por diversos partidos y ciudadanía; así que ordenó el retiro de propaganda en Baja California.
El INE tomó medidas concretas al resolver seis casos de presuntas infracciones, ente las cuales se encuentran como irregularidades los posibles actos anticipados de campaña, uso indebido de recursos públicos, vulneración al principio de equidad, y afectación a los principios de imparcialidad e independencia.
La diputada federal Julieta Andrea Ramírez Padilla fue notificada para retirar en un plazo máximo de 24 horas las pintas en bardas relacionadas con su informe anual de actividades en Baja California.
La Comisión determinó que la orden de retirar algunas de estas pintas es improcedente si el material ya ha sido removido, pero es procedente si aún son visibles después del plazo permitido para la promoción del informe anual.
Sin embargo en el tema de las redes sociales, la queja que presentó el PAN sobre un video difundido en redes sociales fue declarado improcedente, exonerando a la precandidata única de MORENA de la acusación de actos anticipados de campaña por la Comisión.
Pero el promocional de MORENA que se difundió en la televisión, sí fue considerado como acto anticipado de campaña y la Comisión consideró improcedente la orden de suspensión.
Las quejas contra la precandidata de la coalición “Fuerza y Corazón por México” también fueron declaradas improcedentes.
La Comisión decidió remitir al análisis de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) los casos de uso indebido de recursos y promoción personalizada atribuibles a los partidos denunciados.
En el caso el partido Movimiento Ciudadano (MC) la denuncia por difundir un promocional en televisión fue declarada improcedente, catalogándolo como propaganda genérica.
Además, una resolución trascendental de la Comisión de Quejas resultó en la prohibición para 921 personas de continuar en el ejercicio del cargo como Supervisor/a Electoral (SE) y/o Capacitador/a Asistente Electoral (CAE). Con esta medida se busca garantizar los principios de imparcialidad e independencia en el proceso electoral.
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